Si como ciudadano de España estás interesado en votar en las próximas Elecciones puedes hacerlo ya que es un derecho. Pero, ¿cómo es el procedimiento si te encuentras fuera del país? ¿ante que autoridad debes acudir para votar?
A continuación te explicamos cómo hacer en caso de que estés en el exterior, a qué organismo tienes que dirigirte y además cómo es el procedimiento para emitir tu decisión en las urnas a través del correo postal. ¡Sigue leyendo y encontrarás todas las respuestas!
El requisito principal para que puedas votar es que seas ciudadano de España. Podrás participar en las votaciones generales desde el extranjero pero no a nivel municipal.
Existen dos modalidades para emitir tu voto desde el Exterior. Una es a través de las urnas colocadas en el Consulado y la otra mediante el correo postal. Tienes la opción de hacer una inscripción previa por Internet. Te explicaremos los detalles para que puedas acceder a ambos recursos.
Como español debes estar inscrito ante el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Este es un padrón en el que aparecen todas las personas que por alguna razón se encuentran fuera del país. Puedes hacer tu inscripción en el Consulado del país en el que te localices. Si no lo haces, no podrás emitir tu voto.
El Consulado español puede apoyarte en tu inscripción en el CERA. Podrás iniciar este proceso a más tardar dos días antes de que termine el tercer mes previo a la convocatoria electoral.
Cuando solicites tu inscripción ante el CERA, también debes incluir documentos adicionales que permitan la autorización de dicho registro. Los documentos son los siguientes:
Existe la posibilidad de enviar estos documentos vía Internet a la Oficina del Censo Electoral. Tienes que acceder a la Sede Electrónica del INE. Cuando ingreses al portal deberás ingresar con tu certificado electrónico reconocido al apartado "Solicitud de Voto CERA". Aquí es donde solicitarás que se te haga llegar tu boleta en el Consulado o a tu domicilio vía correo postal.
Como respuesta a tu solicitud de inscripción te harán llegar algunos documentos. Estos te permitirán votar y son los siguientes:
Tienes la opción de depositar tu voto en las urnas colocadas en las oficinas consulares en el país en el que te encuentras. Para ejercer esta opción puedes hacerlo dentro del cuarto, tercer y segundo día previos a la fecha de la elección. No dejes que el tiempo te gane o perderás tu oportunidad de votar.
La otra forma de entregar tu voto es a través del correo postal. Una vez que hayas recibido tu boleta, indica al candidato de tu preferencia. Deposita la papeleta en un sobre sellado y envíalo a la Oficina del Censo Electoral que te corresponda. Haz el envío a más tardar el quinto día previo a las votaciones para que tu voto pueda llegar a tiempo y ser considerado en el conteo.
España necesita de tu voz ciudadana para cambiar su rumbo. Ejerce tu derecho al voto en las próximas elecciones del país. Comparte esta información con otros españoles que también se encuentren en el extranjero y aportad juntos vuestra voz a favor de la nación.
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