Cuando una familia tiene un hijo en España dependerá de la nacionalidad de sus padres para establecer la del niño. En la legislación española existen algunas excepciones y circunstancias que definen la nacionalidad de origen del recién nacido y que le otorga determinados derechos. Eso quiere decir que no todos los niños nacidos en el país serán españoles. Todo lo que tenés que saber te lo contamos a continuación.
En España se considera españoles de origen “a los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecieron de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad”, según el Artículo 17 nº 1, c) del Código civil.
¿Qué significa esto? Que todos aquellos hijos de extranjeros en España adoptarán la nacionalidad de sus padres y no la española. Existen algunas excepciones a estos casos que determina el Ministerio de Justicia, en donde por más que los padres no sean españoles el niño adoptará la nacionalidad europea.
Entonces serán españoles de origen aquellos bebés nacidos de madre o padre españoles. También los niños que sean hijos de padres extranjeros, si al menos uno de sus padres ha nacido en España (no se consideran a los hijos de diplomáticos).
Aquellos niños nacidos en suelo español que tengan padres extranjeros podrán recibir la nacionalidad española en los siguientes casos:
Ahora bien, en los casos en que los niños no adopten la nacionalidad por origen podrán hacerla por presunción. Para poder hacerlo los padres deben pertenecer a un país que tenga una legislación y normativa que no atribuya la nacionalidad a un hijo nacido en el exterior.
Países en los que sucede esto:
Si los padres pertenecen a uno de estos países y su hijo nace en España, al no asignarse automáticamente la nacionalidad, el niño será español por simple presunción. En este sentido, en España se garantiza que el recién nacido no se quede sin nacionalidad.
Existen dos casos particulares que también convierten la nacionalidad del niño en española por más que los padres no pertenezcan a estos países:
Cuando un niño o niña nace en España, independientemente de la nacionalidad de sus padres, tiene una serie de derechos que están protegidos por la legislación española y los tratados internacionales de derechos humanos.
Además del derecho a la Nacionalidad y a la Identidad, cómo se ha mencionado, los niños que nazcan en España tendrán acceso a dos derechos fundamentales para su crecimiento:
Es de suma importancia la inscripción del niño recién nacido en el Registro Civil de España, es un trámite que se puede realizar de manera presencial o digital. Para poder hacerlo se debe cumplir con la siguiente documentación:
Una vez registrado el niño o niña en el Registro Civil, se le emitirá un Certificado de Nacimiento español. Con este certificado, los padres pueden solicitar un pasaporte para el niño o niña.
En cuanto a los derechos de los padres extranjeros, tanto la madre como el padre tienen derecho a estar presentes en el proceso de nacimiento y recibir atención médica adecuada.
La madre puede dar a luz en cualquier sanatorio u hospital español, independientemente de su situación migratoria. A partir de la creación de la estrategia de atención al Parto Natural en el Sistema Nacional de Salud, se garantiza a las mujeres la tranquilidad de traer a sus hijos al mundo en el Sistema Público de Salud Español.
Además, existe en el país el Centro de Recursos IEC para población inmigrante donde las personas que no son de España pueden consultar cómo acceder a la Salud Pública y de la atención sanitaria en el país.
La nacionalidad de un niño o niña recién nacido en España dependerá del origen de sus padres. Existen algunas circunstancias en donde más allá de que los padres no sean españoles, el recién nacido adoptará esa nacionalidad al nacer en territorio español. Es fundamental que se realice correctamente el proceso de inscripción en el Registro Civil para que el niño pueda acceder a los beneficios de ser español.